Tramites Consulares en Palma de Mallorca. Autor J. S. Vila
A las personas que estén interesadas en los trámites consulares en Palma de Mallorca.
Este artículo en concreto, está realizado para dar una información en general, de los posibles trámites que se pueden realizar en cualesquiera de los consulados extranjeros, que hay situados en la ciudad de Palma de Mallorca, en España.
Primero. Un Punto a tener en cuenta.
Lo primero, es no preocuparse. Hay que tener conocimiento, de que la inmensa mayoría de personas que vengan de viaje a la isla de Mallorca con motivo turístico, jamás van a tener que ir a su propio consulado. De hecho casi con toda seguridad el 99,99 por ciento de turistas que visita esta isla nunca va a su consulado.
El proceso normal de un turista es ir a una agencia de viajes en su país de origen, y reservar, y comprar un viaje hasta Mallorca. Cuando llega el momento adecuado, y con el equipaje ya preparado, una persona se acerca al aeropuerto de origen, en su país, y viene hasta el Aeropuerto Internacional de Son Sant Joan de Palma de Mallorca, ciudad que es la capital de las Islas Baleares. Desde aquí se desplaza hasta un hotel, desde donde si lo tiene organizado vienen a recogerlo al propio aeropuerto, o bien, puede ir en taxi, o alquilar un vehículo, como estime oportuno. Una vez llegado al hotel en el que se ha elegido pasar aquí una semana de vacaciones, pues durante esa semana, las personas lo pasan de forma sumamente agradable, disfrutando de sol, de la playa, de los establecimientos comerciales y turísticos, y realizando diferentes excursiones por la isla, y todas aquellas actividades que sean de su agrado.
Una vez finalizado este período en que el turista ha decidido estar en la isla disfrutando de sus vacaciones, pues retorna al aeropuerto de Son Sant Joan, y desde allí coge un vuelo de retorno a su país de origen. Ese es el proceso normal de todo viajero que llega a esta tierra de vacaciones.
Segundo. Otro Punto a tener en cuenta.
Pero, a pocas personas le sucede, pero lo cierto es que a algunas personas si le suceden incidencias durante el viaje. Y según el tipo de incidencia que puede haber sufrido el turista, o viajero, si tendrá que contactar con el consulado de su propio país.
Por ejemplo, un suceso habitual puede ser que haya perdido, o que le hayan sustraído la documentación, el pasaporte. Si esa persona está indocumentada, no podrá retornar vía aérea a su país de origen. Tendrá que contactar con el consulado para que le gestionen una solución. También lamentablemente, sucede a veces, un fallecimiento a determinadas personas cuando viajan. En este caso, bien sea los acompañantes, o familiares, deben contactar con el consulado para que les gestione una solución adecuada.
Hay muchos más motivos por los cuales un viajero deberá de contactar con su consulado en algunas ocasiones. Aunque repito, lo normal, es que un turista nunca deba ponerse en contacto verdaderamente con el consulado de su país de origen.
Tercero. Aquí si que si.
Quienes sí obligatoriamente tendrán que contactar en algún momento con su propio consulado, con el consulado de su país de origen, son las personas extranjeras residentes en Mallorca.
Estas personas por normativa internacional deben contactar con el consulado de su propio pais, y deben informar al mismo, de que están residiendo permanentemente en Mallorca, o informar del tiempo que vayan a fijar aquí su residencia, siendo estos trámites a realizar con el propio consulado de su país de origen, el cual les otorgará a cada persona un carnet consular.
El carnet consular es un documento interno del consulado, que les agiliza a la hora de realizar determinados trámites propios en el mismo.
Otra cosa completamente independiente, son los trámites de legalización de su residencia en la isla de Mallorca, que es lo que realizan algunos ciudadanos extranjeros para la obtención de la tarjeta residencia en España, y que son unos trámites, que deben realizar los interesados, con las autoridades de este país, España.
Cuarto. Ahí va la lista.
Ahora pongo la lista de documentos, y trámites, que a nivel general pueden realizarse en la inmensa mayoría de los consulados extranjeros, que hay establecidos en la ciudad de Palma de Mallorca, España.
Poniendo esta lista, a fin de que las personas afectadas, o bien interesadas, tengan conocimiento de todo lo que se puede hacer en un consulado.
Lista general de la mayoría de documentos oficiales, que pueden ser realizados en la mayoría de consulados extranjeros, ubicados en la ciudad de Palma de Mallorca, España.
He ahí pues la lista de documentos:
Renovación de un pasaporte.
Parece que no pero es obvio. Si una persona está de vacaciones en la isla de Mallorca y en un descuido pierde su pasaporte, lo extravía o se lo roban, en ese momento queda indocumentado. Y una cosa habitual, según siempre, la ciudadanía de origen de esa persona, pues no es lo mismo que sea de la Unión Europea a que sea del exterior de la Unión Europea, ya que los requisitos de viaje son diferentes. Pues lo normal es que contacte con su consulado a efectos de que le expidan la documentación que le permita retornar vía aérea a su país de origen.
Aun así, la circunstancia más habitual para un extranjero de tener que renovar su pasaporte en un consulado, es el hecho de ser una persona extranjera residente en España. Entonces, antes de que su pasaporte caduque, y a efectos de tenerlo en vigor, lo normal es acercarse a su propio consulado, y solicitar la expedición de un nuevo documento.
Los consulados suelen ser rápidos, y eficaces en este sentido, y en muy poco tiempo, las personas suelen tener el nuevo documento del tipo pasaporte en su poder.
Realizar la prórroga de un pasaporte.
Hay determinados países que exigen a sus ciudadanos, por diferentes motivos, que realicen prórrogas de su pasaporte. Este tipo de trámite puede realizarse de una sola vez ya al adquirir el pasaporte inicial, y pagar todas las tasas correspondientes al propio trámite de prórroga, o bien ir cada cierto tiempo, según sea requerido por la normativa de cada país, y realizar en ese momento las prórrogas precisas, y pagar a la vez las tasas correspondientes. Es un trámite que se hace con mucha asiduidad en determinados consulados. Y los consulados con eficacia hacen este su trabajo.
Legalización de documentos emitidos en el país del propio consulado.
Todo documento que se interese que sea válido, y legal de pleno derecho en el Reino de España, tiene que haber sido previamente legalizado por las autoridades del país de origen de la persona. Entonces, a través de la gestión de los consulados puede realizarse todo este proceso.
Legalización de documentos emitidos en el Reino de España.
Asimismo, todo documento emitido en el Reino de España, que deba tener validez en un país extranjero, debe ser previamente legalizado por las autoridades correspondientes, y el consulado de ese país donde deba hacerse valer el documento.
Inscripción de una persona en el consulado y expedición a la vez del carnet consular.
Muchas personas lo desconocen, pero la normativa internacional dice que cuando un ciudadano de un país fija la residencia en otro país, tiene la obligación de contactar con su propio consulado, y de informar que reside en este nuevo país, y tiene que darse de alta en el consulado correspondiente, y entonces le será emitido un carnet consular, en el que figura registrado en el mismo, y que le permite acceder a los servicios del propio consulado con normalidad.
Visados para viaje de negocios.
Hay personas que realizan muchos viajes a países extranjeros con motivos de negocios, trabajo, gestión de empresas, y motivos económicos varios. En ese caso, hay que contactar con el consulado del país al que se va a viajar, y solicitar el correspondiente visado para viaje de negocios, para poder entrar en el país, y hacer las gestiones oportunas, todas las veces que haga falta. Se suele elegir además la opción de entradas múltiples.
Visados para personal de prensa.
Los periodistas suelen moverse tanto en viajes concretos, como en otros habituales. Entonces los corresponsales de prensa tienen que solicitar de aquellos consulados de los países a los que vayan a viajar, el correspondiente visado para personal de prensa, que les permite la entrada en el país sin ningún problema. La opción más cómoda, y fácil, para los periodistas es elegir también entradas múltiples.
Visados familiares.
Hay muchas personas que tienen familiares en unos u otros países, y frecuentemente realizan viajes de visita. Esos viajes pueden ser tanto de turismo, y temporales, o bien para ir a un país, y solicitar tarjeta de residencia, que es una opción también sumamente cómoda. En todo caso, cuando se solicitan visados familiares en el consulado, se puede elegir la opción de una entrada, dos entradas, tres entradas, o entradas múltiples. Siempre es mejor elegir la opción de entradas múltiples, pues durante todo el periodo de vigencia de ese visado, que suele ser de seis meses, podrá entrar, y salir libremente, las veces que desee del país.
Visados para realizar viajes de turismo.
Cuando una persona desea visitar otro país en calidad de turista lo normal es sacarse el pasaporte. Hay países que además de pasaporte requieren de la obtención de un visado de turismo para poder entrar en el país. En este caso, si contactas con el consulado ellos te tramitarán ese documento. También en algunos casos las agencias de viajes, cuando te organizan un viaje al extranjero, se encargan de realizar toda la tramitación de ese visado turístico, lo cual favorece al viajero que ha contratado ese servicio.
Autorizaciones para viajes de menores de edad.
Las personas menores de edad no pueden viajar solos si no van acompañados. Casi la totalidad de líneas aéreas facilitan el acompañamiento de los menores desde su origen, hasta su destino, estando en todo momento acompañados por personal de la línea aérea, que los cuida, preserva, y protege, a lo largo de todo el viaje, para que lleguen sin incidencias hasta su destino. Y es que un menor puede salir de viaje con muchas ocasiones, por ejemplo, Viaje de estudios, en esos casos es uno de los profesores que hace de tutor, y de monitor durante el viaje, y es el responsable de los menores. En todo caso, las autorizaciones para viajes de menores de edad se pueden solicitar, y expedir en los consulados, cada cual de los cuales les explicará los requisitos para obtener dicho documento.
Certificados consulares.
Son certificados variados que pueden ser solitados para requerir entre otras cosas, acreditar buena conducta en el país de origen, o acreditar los años de residencia en España, o el estado civil actual, o el hecho de no percibir pensión, etcétera. Realmente hay una variedad inmensa de certificados consulares, lista de la cual, y requisitos, hay que preguntar en el propio consulado del que uno dependa.
Documento de poderes especiales.
El documento de poderes especiales es un documento que se realiza en determinados consulados, y que sirve para determinados fines. Hay que consultar a cada consulado en específico la temática de lo cual ellos realizan ese documento.
Documento de poderes generales.
El documento de poderes generales, también es un tipo de determinado documento que realizan en algunos consulados, y que también sirve para determinados fines. Los interesados deben contactar con el consulado, el cual les informará plenamente de este documento, y de sus requisitos, y utilidades.
Un documento de poderes notariales.
Este es uno de los documentos más habituales que pueden llegar a hacerse en un consulado, que es el documento de poderes notariales, y que sirve entre otras cosas para poder representar a una persona en su nombre. Naturalmente también tiene más utilidades, y deben los interesados contactar con el consulado correspondiente, a fin de informarse plenamente del requisito, y de la utilidad de este documento en su caso.
Transcripciones de nacimiento de una persona.
Y es que cuando una persona nace en el hospital realizan el acta de nacimiento. En este caso, aparte de inscribirlo en el registro civil correspondiente de España, si procediera, también hay que contactar con el consulado de origen de la persona extranjera residente, y hay que dar de alta el bebé en el registro civil de nacimiento de su propio país. Esa es la función consular de transcripciones de nacimiento de una persona. Un servicio también muy demandado, toda vez que hay que documentar, y registrar, al recién nacido convenientemente.
Transcripciones de matrimonio.
Cuando una persona se casa, para que tenga validez ese matrimonio en el país de origen del extranjero residente en España, también tiene que contactar con su consulado, y solicitar la transcripción del matrimonio, y aportar la documentación correspondiente del mismo. Una vez efectuada esa inscripción es válida en ambos países. Hay determinados consulados que también realizan bodas dentro de los mismos. Hay casos curiosos, como por ejemplo, solo matrimonios británicos, que se pueden casar aquí en España, pero luego se da el caso de que la mujer al casarse, cambia su apellido de nacimiento, y adopta el apellido del marido. De lo cual, después de la boda, hay que hacer esos trámites de documentación precisos, para que todo quede correctamente registrado. Y es que se dan casos, de que hay países que son completamente distintos en cuanto a tradiciones, normativa, legalidad, y costumbres.
Transcripciones de defunción de una persona.
También si una persona lamentablemente fallece, independientemente de la causa, pues se puede fallecer de larga edad, y vejez, de enfermedad, o de accidente, entre otras, entonces al fallecer un ciudadano extranjero, hay que comunicar ese hecho al consulado del país de origen, para que en el registro civil correspondiente figure esa defunción, y tengan las autoridades conocimiento de que esa persona ha fallecido. Este es un trámite que suelen realizar normalmente los propios familiares del difunto de forma general. En algunos casos, de forma excepcional, las autoridades españolas también pudieran comunicarlo al consulado correspondiente, en casos por ejemplo de accidente de un turista, en el cual no haya ningún familiar en territorio español en ese momento. También en este último caso, los consulados luego, pueden realizar gestiones de localizar familiares en el país de origen, a fin de comunicarles el fallecimiento, y las gestiones oportunas, que puedan quedar por hacer.
Asentamiento de divorcio.
También aquellas personas que decidan realizar el divorcio tienen que comunicarlo al consulado correspondiente de su propio país, a fin de que el divorcio tenga validez en el territorio nacional de origen.
Traslado de cadáver de una persona.
Lamentablemente, hay veces en que ciudadanos extranjeros fallecen el territorio nacional de España. Pueden ser tanto personas extranjeras residentes, como turistas de la mas variada procedencia, o viajeros ocasionales. En ese caso el consulado puede realizar todas las gestiones pertinentes para trasladar el cuerpo del fallecido de su país de origen con las máximas garantías. En estos casos, siempre se suele solicitar por parte de familiares, que están informados en todo momento de todos los trámites que se estén realizando.
Solicitud de documentos al propio país de origen.
A través de un consulado se pueden solicitar todo tipo de documentos oficiales al propio país de origen de la persona. Si bien cada consulado suele tramitar determinados documentos en específico. Se pueden solicitar desde certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, o certificados de estudios, entre otras cosas. Hay que tener presente siempre, que para que esos documentos tengan además validez en territorio nacional de España, deben venir correspondientemente legalizados por todas las autoridades del país de origen, y tambien por el propio consulado de España allá en el país de origen. Una vez realizado todos esos trámites, esos documentos obtenidos a través del consulado, tienen plena validez legal en territorio de España.
Documentación para poder viajar con mascotas.
Viajar con mascotas es una de las cosas que les gusta hacer a determinadas personas, no obstante, hay que cumplir con una serie de trámites, y de documentaciones. De inicio, la mascota debe ir perfectamente documentada, con el llamado pasaporte del animal, que se llama así a su documento de identidad tanto a nivel nacional como a nivel internacional, debe la mascota portar el correspondiente microchip identificativo, y debe de portar todas las vacunas que precise, tanto a nivel nacional, como debe de portar las vacunas que se requieran internacionalmente en el país de destino de ese viaje. Asimismo, lo normal es que le pidan también un análisis sanguíneo específico al animal, para demostrar que no ha padecido enfermedades contagiosas del tipo rabia, u otras. Conviene contactar con el veterinario de confianza antes de iniciar el viaje, y decirle al veterinario donde tiene que viajar, consultar también con la agencia de viajes, si es requisito absoluto hacer ese análisis de sangre de la mascota, porque igual no hace falta hacerlo, ya que todo depende de determinados países a donde se viaje. Y la cosa es que, si se requiere de ese análisis, suele tardar como mínimo un mes en dárselo los resultados, pues las muestras las extraen aquí, y las remiten a Madrid, o Barcelona, y demoran ese tiempo. Entonces aparte de todos los requisitos normales de poder viajar con mascota en un avión, en determinados países, también se solicita hacer un atestado de viaje, que así se llama, y que es el documento que permite viajar a la mascota al extranjero. Hay que tener mucho cuidado en cumplir todos los requisitos, pues pudiera darse el caso de que el animal desde España sí pudiera salir de viaje al extranjero, pero luego pudiera darse el caso de que no se le permitiese al animal el retorno al territorio nacional de España. Por eso, hay que cumplir con la normativa de viaje con mascotas al máximo detalle. Una buena agencia de viajes les informará de todos los requisitos en específico según el país al que deseen viajar. Y en algunos casos, la propia agencia de viaje, pudiera contactar con el consulado si fuese requerido, a fin de obtener esa documentación, y facilitar todo el proceso.
Certificados de buena conducta en el país de origen.
Los consulados de los diferentes países pueden emitir los certificados de buena conducta en el propio país de origen del solicitante, siendo un documento legal, y válido, que acredita la conducta de esa persona. Y es que ese documento puede ser requerido en algunos trámites en los que es preceptivo obtenerlo, y presentarlo.
Repatriación de una persona en caso de catástrofe o determinada circunstancias especiales.
En determinados casos de fuerza mayor, que no suelen darse aquí en España, pero sí suceden en otros países, en los que repentinamente pueda haber terremotos, maremotos, estallar guerras civiles, estallar guerras con terceros países, erupciones volcánicas, accidente ferroviarios de gran envergadura, y catástrofe semejantes, entonces los consulados de cada país contactan con los ciudadanos de su propio país, y generalmente gestionan, y organizan la repatriación de todas aquellas personas que una vez contactadas así lo deseen. En muchos casos, y aún siendo un servicio excepcional que pocas veces se usa, pero que se usa, es una gran alegría poder ser rescatados gracias al consulado, de determinados lugares, en donde se han producido catástrofes. Hay países que agrupan a los ciudadanos en determinadas áreas, o locales, y hasta en algunos casos, han mandado varios aviones civiles, o militares, a rescatar a sus ciudadanos. Es un servicio realmente excepcional pero que se agradece cuando hace falta.
Certificado de estado civil actual de una persona y su capacidad matrimonial.
Hay veces que una persona tiene que acreditar por alguna razón su estado civil actual, en ese caso el consulado es quien accede al registro civil del país de origen, o de donde se precise, y acredita ese estado civil. También habrá determinados países que requieran una cierta integridad por parte de la persona afectada, para poder realizar el acto matrimonial, y valorar su capacidad matrimonial precisamente. Pudiera referirse a personas que no estén bajo la tutela de un tercero por discapacidad, para evitar abusos, o cosas semejantes. Y es que cada país tiene requisitos, y normativas, completamente diferentes en muchos aspectos de la propia legalidad. Y en cada país debe cumplirse la propia ley de ese país. Así está establecido.
Certificado de estudios de su país de origen.
El documento acreditativo de los certificados de estudios de una persona en su país de origen, puede ser solicitado a través de los consulados. Hay que recordar, que ese certificado de estudios, para que tenga validez aquí en España, debe venir perfectamente legalizado por todas las autoridades correspondientes del país de origen, y por el consulado de España en ese país de origen. Contactando por tanto con el consulado correspondiente, pueden hacerle ese trámite desde España, pagando los costos debidos que tiene cada tipo de documento consular, pues cada uno de los documentos de esta lista tiene su propia tasa, y pago.
Certificados de recibir o no recibir pensión del país de origen.
En caso de tener que acreditar si se recibe, o no se recibe, pensión del país de origen, puede solicitarse este certificado a través del consulado correspondiente. Hay también países que para la pensión en el extranjero, que piden pruebas de vida, a las personas de elevada edad que viven en España, a fin de acreditar que siguen vivas, y se siga pagando esa pensión. El consulado en estos casos también actúa convenientemente de forma eficaz.
Certificados de permiso de conducir del país de origen.
El consulado correspondiente puede emitir previa comprobación de todos los datos, el certificado de que se posee el permiso de conducir en su país de origen. Pueden darse variados motivos para tener que solicitar ese certificado, entre ellos por ejemplo, la pérdida del documento original. Es un servicio muy agradecido el que brindan determinados consulados a sus propios ciudadanos.
Legalización de documentos emitidos en España y que deban hacer valerse ante las autoridades del país de origen.
Todo documento oficial emitido en España, para que sea válido en el país de origen de la persona que pretenda hacer valer ese documento, debe de ser legalizado convenientemente por todas las autoridades correspondientes, primero del Reino de España, y finalmente debe ser legalizado por el consulado del país de origen de esa persona, a fin de que ese documento tenga validez legal en su propio país de origen. Y es el propio consulado el que puede informar, de que autoridades nacionales de España deben de sellar, y legalizar, convenientemente los documentos, previos a su propia legalización por parte del consulado. Este es un servicio muy requerido, e importante, para muchas personas.
Certificaciones consulares varias.
Y es que la lista de certificados, y de documentos, que pueden realizarse, y ser expedidos, en cada uno de los consulados extranjeros que radican aquí en España, es muy variada, siendo la aquí expuesta una lista general. Y es cada persona, quién debera contactar con su propio consulado, en caso de que precise de algún documento en específico, y desde el mismo, le orientarán, y asesorarán convenientemente en todos los puntos legales específicos, ayudándoles para obtener la documentación, los requisitos, y precisamente la ayuda requerida.
Quinto. Espero que la lista les sea de utilidad a las personas que puedan precisarlo.
Y es que aprecio, y valoro un montón, a tantas y tantas personas extranjeras que he conocido en el transcurso del tiempo.
Disfruten pues de la información, y espero que les sea de la máxima utilidad a todas aquellas personas que así puedan precisarlo en algún momento dado.
Aquí os pongo un enlace de Wikipedia, en el cual se informa ampliamente de lo que hace un Consul 👈 , que el mismo es un funcionario de un país, destinado en el servicio exterior, y el mismo trabaja para sus propios ciudadanos, desde la sede en donde está ubicado.
Recuerda que tienes a tu disposición, el blog Viaje de turismo a Mallorca. Autor J. S. Vila 👈 , por si te apetece, y es de tu interés visitarlo, y conocer lugares hermosos y bellos de esta isla situada en el mar mediterraneo.
Autor del texto y autor de las fotografías:
J. S. Vila
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